sábado, 16 de agosto de 2008

MOVILIDAD JUBILATORIA

Los fallos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación "Gemelli" y "Massani", han reconocido expresamente la vigencia de los regímenes especiales de docentes y científicos – investigadores en cuanto a su movilidad específica respecto al haber al cese.
El Poder Ejecutivo Nacional ha reestablecido la plena vigencia de las leyes 24.016 y 22.929 a través de los decretos reglamentarios 137/05 y 160/05 que no sólo reconocen el régimen propio de movilidad del 82% u 85% móvil respectivamente de la remuneración mensual del cargo u horas que tuviera asignados al momento del cese sino que además instruyen al Secretario de Seguridad Social para su implementación.

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